El Congreso de la República solicitó información al OSCE, respecto de la Directiva 006-2020-OSCE/CD

Haciendo uso de sus facultades el Congreso de la República solicitó información al OSCE, respecto de la Directiva 006-2020-OSCE/CD. Implementación del Registro Nacional de Arbitro – RNA.Este 22 de junio del 2020, el congresista PAÚL GARCÍA OVIEDO de la Bancada de Acción Popular, haciendo de sus facultades congresales Art. 96° de la Constitución Política del Estado y del artículo 22° del Reglamento del Congreso de la República, solicitó información al OSCE, respecto de la Directiva 006-2020-OSCE/CD, conforme lo manifiesta el titular del despacho congresal, esta directiva no ha previsto mecanismos adecuados para procurar que el listado que el OSCE está Implementando este integrado por profesionales de amplia experiencia en el ámbito de las contrataciones públicas y el arbitraje, asimismo advierte que no ha tomado en cuenta aspectos importantes como:• La valoración de la experiencia en el ejercicio del cargo de Árbitros.• Los años de ejercicio profesional en la actividad arbitral en el ámbito de las contrataciones públicas.• La trayectoria académica en aspectos distintos al ámbito administrado, en especial a lo relativo a los aspectos contractuales y civiles. En ese sentido, el Despacho del Congresista GARCÍA OVIEDO, ha solicitado se remita la información detallada respecto de numeral 7.1.3.1. (evaluación de conocimientos) metodología y tipo de preguntas, soporte digital de todas las evaluaciones efectuados a los postulantes, informar sobre los protocolos y las medidas de prevención para evitar riesgos de contagio de COVID-19. Asimismo, solcitó información del numeral 7.1.4.1. (entrevista personal) informar cuales son las habilidades y actitudes a evaluar, ficha o criterio de evaluación, por ultimo solicito información del numeral 7.1.4.3 (Comisión conformada encargada de las entrevistas personales). Según el reglamento del congreso Art. 22 inciso b) el parlamentario tiene facultades de pedir uniformes que estimen necesario a los órganos del Gobierno y de la Administración en general y a obtener respuesta oportuna de ellos. En este caso el parlamentario ha otorgado un plazo de cinco (5) días calendarios el mismo que estaría finalizando el día 30 de junio del presente.

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Hebert Salcedo Huaita​

Presidente de la Red Nacional de Arbitraje

Abogado por la Universidad Nacional de San Agustín, con estudios de Maestría es Gerencia de Estado y Administración Pública por la Escuela de Post Grado – Facultad de Administración de la Universidad Nacional de San Agustín.

Estudios de Maestría en Derecho Administrativo Económico por la Escuela de Post Grado – Gestión Pública de la Universidad del Pacífico.

Estudios de Arbitraje por el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP.

Especialista en Derecho de la Construcción por la Escuela de Post Grado de la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas – UPC.

Estudios en Junta de Resolución de Disputas en el sector de construcción por el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la Pontificia Universidad Católica del Perú – PUCP.

Especialista en Contrataciones del Estado por Escuela de Post Grado de la Universidad Nacional de Trujillo;

Miembro fundador de la Red Hispanoamericana de Gestores Públicos.

Secretario Arbitral en materia de laboral y Contrataciones del Estado.